¿Cómo desgravar en la declaración de la renta?
Una de las cosas que más quebraderos de cabeza producen a las personas es realizar la declaración de la renta. La falta de conocimiento, la multitud de tributos y desgravaciones posibles y otros aspectos que lo complican todo sobremanera. En el artículo de hoy de Credy.es aprenderemos en que hay que fijarse para desgravar en la declaración de la renta.
Son una serie de consejos que es bueno conocer para obtener unas merecidas ventajas a la hora de declarar la renta. Sin embargo, siempre recomendamos consultar con un experto o con una asesoría fiscal, es la mejor manera de dejar atado y bien atado todo aspecto posible a incluir en tu declaración de la renta.
¿Qué desgravar en la declaración de la renta?
Entre algunos de los aspectos a tener en cuenta a la hora de desgravar en la declaración de la renta, encontramos tres muy importantes.
Plusvalías por vivienda habitual. Si, por ejemplo, has vendido tu casa este año, las plusvalías obtenidas tendrán una tributación de entre el 19% y el 23% en la próxima declaración. Lo que muchas personas no saben, es que se puede reinvertir (toda la cantidad o una parte) de las ganancias que hemos obtenido por esa vivienda habitual en otra vivienda de carácter habitual consiguiendo, de esta manera, evitar cualquier tipo de tributo.
Ingresos por alquileres de viviendas. En España, existen muchos propietarios de vivienda. Si estamos cobrando algún alquiler, debemos conocer que esos beneficios que obtenemos tienen desgravaciones en la declaración de la renta. Pueden verse reducidas hasta un 100% si la vivienda es de carácter habitual y, además, el inquilino tiene más de 18 años y menos de 55 años y sus ingresos no superan el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Por otra parte, a la hora de desgravar en la declaración de la renta, es importante incluir en los gastos de alquiler todo tipo de obras de reparación o mantenimiento, intereses de préstamos (hipoteca) y todo tipo de seguros y tasas como el IBI. La amortización también es un gasto a la hora de desgravar. Si los gastos totales superan a los ingresos, ese exceso se puede deducir a nuestro favor durante los cuatro años siguientes.
Excesos pendientes de deducir. Al hilo de esto, debemos tener claro que en algunos casos las desgravaciones tienen un límite para un período en concreto. Un ejemplo son los planes de pensiones, que sólo se puede desgravar la cantidad que no supere un 30% de la base imponible o el 50% en los mayores de 50 años). El resto, a la parte que no se le aplica la reducción, podemos aplicarla en los 5 años siguientes, indicándolo en la declaración.
Por eso es tan importante comprobar qué excesos están pendientes de aplicar reducción en la próxima declaración de la renta. El mismo caso se aplica a las ganancias y pérdidas de patrimonio. Si al vender acciones de un ejercicio en concreto se tienen pérdidas, la cantidad negativa de esa venta no afecta a los ingresos del trabajo. Se restan en futuras ventas de otras acciones que acarreen beneficios. Por todo esto, recuerda comprobar qué partidas están pendientes de desgravar de ejercicios anteriores para recuperar lo que es tuyo.
Otros aspectos a la hora de desgravar en la declaración de la renta
Para ciertas franjas de edad pueden existir ciertas ventajas fiscales. Por ejemplo, para mayores de 65 años, los beneficios obtenidos por la venta de un bien no tributan. El dinero destinado a cuestiones solidarias desgrava en la declaración de la renta. Conserve los justificantes de donaciones. En estos casos, el contribuyente desgrava un 75% de los primeros 150 euros que se han donado. Para las demás aportaciones, desgravarán un 30%. Ojo con la donación de bienes, otro aspecto muy importante. Por otra parte, la ideología también desgrava en la declaración de la renta. Se puede deducir un 10% por donar a fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública y que no estén acogidas a la Ley 49/2002. De la misma manera, también suponen ventajas fiscales las cuotas de afiliación y diferentes aportaciones que se realicen a partidos políticos.
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