Cómo resolver tus deudas con la Seguridad Social

Cómo resolver tus deudas con la Seguridad Social

Por desgracia, muchos empresarios y autónomos cuentan con grandes problemas al tener deudas con la Seguridad Social. Estas deudas se van generando poco a poco, por no poder pagar las propias cuotas o las de los trabajadores de la empresa en cuestión. Así que se encuentran con que no sabe cómo pagar la deuda con la Seguridad Social. Esta situación de impagos desencadena en sanciones que los deudores deberán hacer frente.

A continuación, te explicaremos cómo puedes hacer frente a la deuda con la Seguridad Social.

Hay que dejar claro que las deudas que se reclaman cuentan con un importen mayor a la cuantía que se dejó de pagar, debido a los múltiples intereses que se van sumando en se periodo. Los recargos que se aplican a las deudas con la Seguridad Social son los siguientes:

  • 3% del importe que no se ha pagado, con retraso de un mes respecto al plazo de pago de la cuota.
  • 5% para los retrasos de impagos de dos meses.
  • 10% para retrasos de tres meses.
  • 20% para retrasos mayores a tres meses.

Pongamos un ejemplo para entender mejor el grado exacto del problema que generan estos recargos. En este ejemplo, un autónomo que no ha podido pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social durante los últimos cuatro meses y que tiene una cuota mensual de 50 euros – correspondiente a los primeros 6 meses de autoempleo. El total de su deuda con la Seguridad Social de autónomos es de 200 euros (50 euros x 4 meses). No sólo estará obligado a pagar a la Seguridad Social los 200 euros del total de las cuotas adeudadas si no que también deberá tener en cuenta 1,5 euros de recargo por la última cuota, 2,5 euros por la penúltima cuota mensual, 5 euros como recargo por la antepenúltima y hasta 10 por la cuota de hace cuatro meses. Todo ello suma una cantidad de 219 euros, que es la que se adeuda a la Seguridad Social. Así que debes tener claro que a medida que pasa el tiempo, las deudas con la Seguridad Social se hacen mayores.

¿Qué ocurre si no se paga a la Seguridad Social? En fase ejecutiva, se puede proceder a realizar embargos sobre el patrimonio del deudor. Paralelamente, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá incluir tus datos, y seguramente lo haga, en el fichero de morosos denominado FIJ (Ficheros de Incidencias Judiciales), que viene a ser el Asnef de las administraciones públicas. Por último, debes ser consciente de otro inconveniente. En caso de defunción, al no pagar esas deudas con la Seguridad Social, los herederos legales tendrán que hacerles frente. Por lo que es muy importante tener claro cómo pagar la deuda de la seguridad social.

Resolver las deudas con la Seguridad Social

¿Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social?

A través de la prescripción de deudas con la Seguridad Social se extinguen todos los derechos y acciones, de cualquier tipo. Por lo que cuando prescribe una deuda con la seguridad social, pasado el plazo fijado por la Ley para realizar el pago, no tiene por qué llevarse a cabo.

Si bien, ¿cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social de autónomos? A diferencia de otro tipo de cargo, las deudas con la Seguridad Social prescriben a los cuatro años. En ese momento se termina el derecho de la Seguridad Social a reclamar, exigir, determinar deudas; toda acción para imponer sanciones y, también, la obligación del deudor a abonar los importes a dicha entidad.

Por lo tanto, la obligación de pago de una deuda a la Seguridad Social así como los recargos y todo concepto relacionado con ese caso, prescribirá cuando pasen cuatro años desde la fecha exacta en la que finalice el plazo que se marca para su ingreso.

Por otra parte, debemos tener muy en cuenta que, al contrario de esa fecha de caducidad, es posible que se prescriba una deuda con la Seguridad Social de autónomos de forma interrumpida.  Es decir, se puede realizar el fraccionamiento de la deuda con la Seguridad Social e incluso puede retomarse más adelante.

Soluciones para casos de larga duración

¿Existen alternativas? ¿Se puede pagar la deuda con la seguridad social a plazos? Cuando las deudas con la Seguridad Social son mayores como consecuencia de impagos prolongados, las soluciones son diferentes. Una primera opción es la de solicitar el aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social y otra, el fraccionamiento de la deuda con la Seguridad Social, en un plazo máximo de 5 años. Afrontar el pago de las cuotas será más cómodo en plazos fraccionados. 

No obstante, debes saber que existen dos tipos de cuotas que no se pueden aplazar. En primer lugar, las cuotas que se pagan para ofrecer cobertura a cualquier accidente laboral y/o enfermedad. En segundo lugar, un empresario con trabajadores a su cargo. Sin embargo, se puede pagar la deuda con la Seguridad Social a plazos por autónomos. La Tesorería General en ese caso te entregará un calendario en el que se especificarán las fechas de pago y cuadros de amortización. Los intereses que te cobrará la Seguridad Social serán solo el interés legal del dinero.

Otra ventaja que nos encontramos a la hora en el aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social es que dejarás de tener la calificación de moroso, puesto que la deuda ya no quedará reflejada como tal cuando se solicite el certificado de estar al corriente de pago con esta institución.

Es interesante saber que la Tesorería General ha introducido otras variantes para facilitar los pagos atrasados para aquellos que tengan deudas con la Seguridad Social. Por ejemplo, el pago con tarjeta de débito o crédito, así como el pago por vía telemática.

Por último, otra opción por la que optan algunas personas es la de declararse insolvente, es decir, declararse incapacitado para asumir esos pagos por la situación personal que se está atravesando. Sin embargo, recurrir a este supuesto como estrategia de defensa es muy arriesgado y se debe estar seguro de que se puede acreditar ante un juez. Por ello, no es recomendable seguir por esta vía a no ser que se cuente con la ayuda legal de un abogado competente en la materia.

Cómo resolver tus deudas con la Seguridad Social

Para las deudas con la Seguridad Social que no sean excesivas, contraídas tras el impago de una o dos cuotas mensuales, una forma de afrontar ese pago y ponerse al día es recurrir a los créditos on line inmediatos. Se trata de una solución rápida, sencilla y muy cómoda para solucionar rápidamente gastos imprevistos como estos, perfectos para casos en los que no se cuenta con la liquidez necesaria.

Las ventajas de estos préstamos rápidos por Internet son muchas, por eso su uso aumenta entre las personas año tras año. Por ejemplo, una de las ventajas es su inmediatez: los tendrás en tu cuenta corriente 10 ó 15 minutos después de haber completado la solicitud, sin pérdida de tiempo en la burocracia, sin recopilar todo tipo de información o documentos. Son créditos rápidos sin papeles. Además, se pueden solicitar desde cualquier lugar, donde te encuentres en el momento que te surja ese imprevisto; no solo desde el ordenador de tu casa, sino también desde cualquier ubicación, utilizando tu smartphone. Incluso lo podrás hacer desde la misma oficina de la Seguridad Social, para que los recargos por retraso no vayan a más.

También hay disponibles créditos 24 horas. Por último y para terminar, otra de las grandes ventajas es que cualquier persona puede recibir uno de estos microcréditos, incluso aquellos que no tengan nómina, no dispongan de aval o que ya se hayan dado de baja como autónomo.

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